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En la sesión de fecha 28 de marzo de 2018, se acordó la modificación de los estatutos del Organismo Autónomo Gerencia Municipal de Urbanismo y Vivienda de Albacete, en concreto el Artículo 20.– Régimen jurídico de contratación quedando redactado en los siguientes términos: (disponible en pdf en documento anexo):
Artículo 20.– Régimen jurídico de contratación.
“La contratación de este Organismo Autónomo queda limitada a la adjudicación de contratos menores y se regirá por las normas generales de la contratación del sector público que resulten de aplicación al Ayuntamiento de Albacete.
Será necesaria la autorización de la Concejalía de área competente a la que se encuentre adscrito el organismo autónomo para celebrar contratos de cuantía superior a las cantidades previamente fijadas por el órgano municipal competente en materia de contratación.
Las unidades o departamentos de la Gerencia Municipal de Urbanismo actuarán como servicios promotores en los expedientes que tramite el Servicio Municipal de Contratación en aquellos asuntos que afecten al ámbito de las competencias atribuidas a este Organismo Autónomo Local”